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Exención de Pago a Entidades Religiosas

Es la eximición de la Tasa por Servicios para inmuebles donde se practique el culto. Puede realizarla el titular o responsable de la entidad religiosa.

descriptionRequisitos y Documentación

  • Escritura o documento que acredite la titularidad del inmueble.
  • Acta de inscripción en el Registro de Culto.
  • DNI del solicitante.
  • Documentación en original y copia para su verificación.

checklist¿Cómo se Realiza? (Paso a Paso)

1

Reunir la Documentación

Preparar el documento de titularidad, el acta de inscripción en el Registro de Culto y el DNI del solicitante.

2

Presentar la Solicitud

Presencial en la Dirección de Recaudaciones, o mediante el formulario online de la web municipal.

3

Evaluación y Otorgamiento

Verificada la documentación, se aplica la eximición sobre la tasa.

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Costo del Trámite

Sin costo. Vigencia: 1 año, renovable anualmente.

warning

Es obligatorio presentar la documentación en original y copia para su verificación; cualquier intento de falsificación podrá derivar en sanciones conforme a la normativa vigente.

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493-7971
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